Colombia: La criptomonedas son bienes intangibles con valoración económica y por lo mismo forman parte del patrimonio.
La enajenación se aplicaría con totalidad en Colombia, lo que significa que debe ser declarada y está sujeto al pago de impuestos. Aplica tanto a las personas naturales como jurídicas.
Perú: La criptomoneda también tienen un tratamiento tributario como bien intangible.
Como en el caso anterior, la enajenación también deberán tributar, la regulación peruana vigente relacionada a criptomonedas no aplica para personas naturales peruanas que no realicen actividad empresarial.
En el caso de las personas jurídicas o en caso de personas naturales que si realicen actividad empresarial, la venta de criptomonedas si va a generar renta gravada para quien las venda o las enajene también.
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