¿Las cesantías (para el caso de Colombia) pueden contarse como activos?

Stephanie Martínez

Stephanie Martínez

Pregunta
studenthace 4 años

¿Las cesantías (para el caso de Colombia) pueden contarse como activos?

5 respuestas
para escribir tu comentario
    Victor Eduardo Ruiz Miranda

    Victor Eduardo Ruiz Miranda

    studenthace 4 años

    Hola Stephanie, dado que es un dinero que vas a recibir en algún momento considero que lo puedes clasificar como activo, al igual que las demás prestaciones por cobrar como prima, vacaciones e intereses de cesantías.

    Jeiner Alexis Bustos Quipo

    Jeiner Alexis Bustos Quipo

    studenthace 4 años

    Hola! No, este dinero no es un activo dado que no es un dinero que se tiene en efectivo y no es un ahorro controlado.

    Carlos Alberto Pérez E.

    Carlos Alberto Pérez E.

    studenthace 4 años

    Las cesantías para el caso colombiano, considero que son ante todo un activo del empleado. Mientras que estas se depositan en un fondo (procedimiento realizado usualmente en febrero de cada año), opino que se pueden equiparar a una cuenta por cobrar (activo) y por tanto, una cuenta por pagar (pasivo) para la empresa o empleador. Una vez esto sucede (depósito en fondo a nombre del empleado), como lo anota @DanielPrada, se constituyen en un ingreso exento de renta, según la DIAN, representando un ahorro para el empleado (siguen siendo un activo), disponible para educación, compra de vivienda o desempleo. Para los anteriores usos, las cesantías se podrían entonces considerar como un activo líquido por hacerse efectivo en relativo corto plazo (menos de 90 días). Gracias por tu pregunta.

    Sebastian López

    Sebastian López

    studenthace 4 años

    Considero que deben ser contados como un pasivo, hasta el momento que las recibas, que pasarían a ser un activo, hasta entonces yo los considero un Pasivo.

    DANIEL ALBERTO PRADA HERRERA

    DANIEL ALBERTO PRADA HERRERA

    studenthace 4 años

    Qué interesante pregunta. Dado que las cesantías se consideran teóricamente como un ahorro para el momento en que te quedas sin trabajo, y que en los Activos se incluye los ahorros, tu podrías deducir que las Cesantías son Ahorro, ergo son Activos personales. Ahora bien, en los contratos a término definido las cesantías son liquidadas en el momento de terminar el contrato y entregadas al empleado, por lo que se convierten en un Ingreso y no en un activo.

    Pero acá está el detalle más interesante de todo. La DIAN considera las cesantías no liquidadas como parte de Activos dentro del Patrimonio y las incluye dentro de la declaración de renta!

    Te comparto un enlace para que te empapes más del tema: https://actualicese.com/reconocimiento-de-las-cesantias-como-ingreso-fiscal-y-su-inclusion-en-el-patrimonio/#:~:text=Los%20saldos%20de%20las%20cesant%C3%ADas,de%20su%20declaraci%C3%B3n%20de%20renta.

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