
Arely Marisol Zea Wellmann
PreguntaNatalia, gracias por tus enseñanzas y transmitirnos tu experiencia. Al notar la pregunta de Luis sobre los derechos de autor sobre alguna imagen y el hecho de que lo correcto es tener un contrato de cesiòn de imagen… Es estrictamente necesario presentar estos documentos para ingresar a un concurso o festival… pero si el tema es complejo y lo que vamos a utilizar, por ejemplo es el screenshoot de un tuit que fue borrado, còmo le hacemos? Vaya que vi esta pregunta porque yo operaba bajo la lògica de que citarlo en la pantalla en la escena podrìa librarnos de tener que visitar a alguien y tener su aprobaciòn… ^¿Què opera en lo que ya es pùblico en redes sociales, por ejemplo? Gracias.

Natalia Villegas
No existe el derecho de autor para un tweet. En ese caso no hay problema. Lo existe con obras registradas. En Argentina, que es de donde yo soy, existe la Dirección Nacional del Derecho de Autor, donde como creador/a puedes ir a registrar tu obra. A partir de allí tiene derechos y no puede ser utilizada por terceros sin tu permiso.
Con la música es más complicado. Por más que el músico o música te de permiso de usar su canción, también debe darte el permiso la discográfica. Y pocas veces lo hacen sin pedirte la suma de dinero que establece la entidad que regula eso (en el caso de Argentina es SADAIC)
Sin embargo, en los Estados Unidos existe la figura legal "Fair Use", que permite usar material de terceros con fines educativos, de crítica, comentarios, noticias o de investigación.
Para eso es necesario incluir el disclaimer:
"Copyright Disclaimer under Section 107 of the copyright act 1976, allowance is made for fair use for purposes such as criticism, comment, news reporting, scholarship, and research. Fair use is a use permitted by copyright statute that might otherwise be infringing. Non-profit, educational or personal use tips the balance in favour of fair use"