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¡Evita multas! Cómo saber si tienes que declarar impuesto de renta en Colombia

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hace un año

Declarar renta no siempre implica que tengas que pagar impuestos, y no hacerlo podría incurrir en multas u obligaciones financieras. Evaluemos entonces algunos parámetros en Colombia que nos permitirán entender si estás en la obligación o no, de declarar impuestos.

¿Qué es la declaración de renta?

La declaración de renta es un formulario donde se informa a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), sobre los ingresos recibidos durante el año gravable anterior, así como los egresos y las inversiones, con el fin de determinar si existe una obligación de pagar el impuesto y cuanto sería el monto del mismo.

Dicho de otra forma, se trata del valor que las personas naturales pagan al estado, sean empleados o independientes, de acuerdo con las ganancias, salarios, compras, comisiones y otros ingresos del año anterior.

¿Cómo saber si te encuentras en la obligación de realizar tu declaración?

  • Debes tener en cuenta una serie de topes. Si rebasas alguno, ya estás en la obligación de presentar el impuesto sobre la renta.
  • Si durante 2022 tus ingresos anuales superan las 1.400 UVT ($ 53.206.000). ¡Ojo! Que aquí entran todos los ingresos, no solo los derivados del trabajo, sino también si se recibieron arrendamientos, dividendos, prestación de servicios como persona independiente, entre otros.
  • Patrimonio bruto que el último día del año 2022 supere 4.500 UVT ($171.018.000).
  • Consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($53.206.000). ¡Cuidado con prestar tu tarjeta de crédito!
  • Compras y consumos superiores a 1.400 UVT ($53.206.000)
  • Consignaciones bancarias acumuladas superiores a 1.400 UVT ($53.206.000).

Si por ejemplo, tus ingresos no rebasan el tope mencionado, pero tuviste un patrimonio superior a 171 millones de pesos, ya eres declarante.

¿Cuáles son los plazos para la declaración de renta 2023?

De acuerdo con el calendario tributario en Colombia, la declaración se debe presentar entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de este 2023. La DIAN dispuso de días específicos para hacer el trámite según los últimos dígitos del NIT, estos los puedes verificar en el Registro Único Tributario (RUT).

Por ejemplo, quienes tienen el 1 o el 2 como último dígito de su NIT, tendrán que hacer la declaración el 9 de agosto. Para los finalizados en 3 y 4 será el 10 de agosto.

Echa un ojo cuál es tu fecha límite de presentación:

image (27).png

Fuente: página de la Dian -calendario tributario

No quiere decir esto, que estas fechas son el único día en que puedes hacerlo, en realidad ANTES de esa fecha y desde el 01 de agosto puedes subir y pagar tu declaración de renta, si lo haces antes, te ahorras muchos dolores de cabeza, usualmente en esta temporada la página se satura y no funciona de la mejor manera, dejarlo para el final se puede convertir en un verdadero problema.

¿Qué sanciones hay para quienes no presenten la declaración de renta?

Si eres del grupo de personas naturales que debe declarar renta, ten presente que debes hacerlo dentro de los plazos antes mencionados, si por alguna razón no cumples los plazos dictados por el gobierno, deberás liquidar sanción por extemporaneidad.

Ahora bien, si ya te encuentras en extemporaneidad, y quieres saber a cuánto asciende la sanción, se debe analizar los siguientes tres puntos en su orden:

1. Sanción cuando hay impuesto a cargo:

Se toma el impuesto a pagar del 5% por el número de meses o fracción de tiempo de retraso.

2. Cuando en la declaración no haya impuesto a cargo, pero si hay ingreso:

La sanción será del 0,5% de los ingresos brutos recibidos en el período, por cada mes o fracción de mes calendario de retraso.

3. Si no hay impuesto a cargo ni ingresos:

La sanción será del 1% del patrimonio líquido del año anterior, por cada mes o fracción de mes calendario de retraso.

Ten en cuenta que la sanción a pagar nunca puede ser inferior a la sanción mínima, que para el año 2023 equivale a $424.000.

Recomendaciones finales

Pues bien, ¡es momento de las recomendaciones!

Hoy en día podemos encontrar y usar algunos software diseñados para liquidar, es bastante sencillo, simplemente sigues las indicaciones del programa, diligencias los campos y obtienes un resultado final, sin embargo, habitualmente recomiendo acudir con una persona con la experiencia y conocimientos para realizar este proceso de manera más objetiva y siempre cuidando tus intereses, consulta a tu contador de confianza.

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Yurani
Yurani
palvarezr

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hace un año

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Muchas gracias por esta info. tan importante,

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Qué importante tener clara esta información para las personas que vivimos en Colombia. ¡Gracias!

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Interesante información.

Que nos podrías decir de las personas que no entran en esos parámetros.

Porque los que sí entran, deben pagar impuestos sobre sus ingresos o patrimonio u ambos, en cada caso mencionado.
Pero ¿y los que no entran? ¿Deberían estos declarar pero estar exentos del pago de impuestos?

Lo pregunto desde una duda que me genero un Contador amigo, él cual me mencionó que igual si no reportas esos topes mencionados, igual es necesario declarar sin importar si te van a cobrar impuestos o no.